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Vivienda pública en alquiler

El acceso a una vivienda pública está regulado en el Decreto 25/2013, de 22 de mayo, (BOPA  30-V-2013) publicado en el BOPA de 30 de mayo de 2013, y rectificación de errores publicado en el BOPA de 8 de Junio de 2013 (BOPA  8-VI-2013).

Este decreto determina tres procedimientos de adjudicación de viviendas: por convocatoria, por emergencia social y temporal por razones de urgencia.

La Ley del Principado de Asturias 3/2021 de 30 de Junio de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales, recoge en sus artículos 72 a 77 modificaciones respecto a la adjudicación de viviendas de titularidad autonómica por causa de emergencia social.

Los cambios de vivienda están también regulados en el Decreto 25/2013. Las comisiones en las que se analizan las solicitudes de cambio tienen lugar en VIPASA una vez al mes. Con el fin de disponer de pautas para una mejor interpretación de las diferentes casuísticas que llegan a esta comisión, se han elaborado unas instrucciones, cuya consullta se aconseja en caso de que se pretenda solicitar un cambio de vivienda.

Más información en:

Alquiler de plaza de garaje

VIPASA comercializa plazas de garaje en alquiler en muchas de las promociones que gestiona.

Para solicitar una de estas plazas, puede hacerlo a través de nuestra web entrando en la siguiente imagen o enviando una solicitud a nuestras oficinas:

Ley Mínimos Vitales
Protocolo de impagos
Instrucciones Contratos de Urgencia
Manual de uso de la vivienda
Manual de uso de la vivienda
Plan estatal de vivienda
Plan asturiano de vivienda
Manual de uso de la vivienda
  • C/Jesús Sáenz de Miera, s/n, bajo, 33011 – Oviedo, Asturias
  • Lunes a Viernes de 9:00h a 14:00 h.